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Marco Normativo

  • Esta es la norma jurídica de mayor jerarquía en el país. Según ésta el agua potable y el saneamiento son derechos humanos fundamentales, por tanto se debe gestionar sustentablemente el recurso y proteger el medio ambiente, ya que éste puede tener efectos sobre la calidad del agua. Por tanto, los proyectos que se lleven adelante deben demostrar que no afectan a la sustentabilidad del recurso de lo contrario estarían violando la norma. Establece a su vez que todas las aguas (superficiales, subterráneas, humedad del suelo, manantiales) son de dominio público estatal a excepción de las aguas pluviales

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  • Establece específicamente, además de la fijación de la política nacional de Aguas, cuáles son las competencias del Poder Ejecutivo en materia de agua. Regula las servidumbres, tanto las naturales como las civiles.

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  • A través de esta ley se decreta de interés general el uso de agua para riego.

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  • Tienen como objetivo prevenir la erosión hídrica de los suelos, problema ambiental más importante asociado a la producción agropecuaria. Esta no solo provoca daños en el suelo que se erosiona sino a los sitios del paisaje en los que se deposita n los sedimentos y los ecosistemas acuáticos a los que el suelo es exportado.

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  • Son contratos entre la Administración Pública y un privado a quien se le encarga el diseño, construcción, operación y financiamiento de una determinada obra de infraestructura.

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  • Si bien esta ley no hace mención explícita a actividades de riego en agricultura, dispone que se debe proteger las sustentabilidad productiva del recurso suelo como bien no renovable, no autorizando las actividades causantes de degradación hídrica o del suelo, o las incompatibilidades con otros tipos de utilización más beneficiosa para el suelo o agua.

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Marco Institucional

  • La formulación, ejecución, supervisión y evaluación de los planes nacionales de protección del ambiente, ordenamiento ambiental y conservación y uso de los recursos naturales, así como la instrumentación de la política nacional en la materia, además de coordinar con las demás entidades públicas, nacionales, departamentales y municipales, en la ejecución de sus cometidos.

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  • Es responsable de promover el uso y manejo racional de los recursos naturales renovables, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del sector agropecuario y coadyuvar a la conservación de la diversidad biológica.Tiene entre sus divisiones a la División de Suelos y Aguas. Dicha división, posee en su égida el Departamento de Uso y Manejo del Agua (DUMA)

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  • Ejercer la competencia atribuida por la ley a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA)y las competencias en materia ambiental, de desarrollo sostenible, cambio climático, preservación, conservación y uso de los recursos naturales y ordenamiento ambiental, que las leyes le hayan atribuido al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA)

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  • El cometido de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) es lograr una adecuada protección del ambiente propiciando el desarrollo sostenible a través de la generación y aplicación de instrumentos orientados a una mejora de la calidad de vida de la población y la conservación y el uso ambientalmente responsable de los ecosistemas, coordinando la gestión ambiental de las entidades públicas y articulando con los distintos actores sociales.

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  • Cuando los proyectos son de más grandes, los permisos de uso tienen un plazo máximo de 50 años. Estos permisos son transmisibles por herencia, legado, donación y se pueden ceder previa autorización del MVOTMA.

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  • Se desempeña la Dirección General de Recursos Naturales Renovables (RENARE) el cual tiene entre sus divisiones a la División de Suelos y Aguas. Dicha división, posee en su égida el Departamento de Uso y Manejo del Agua (DUMA)

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  • Es parte del ministerio de ambiente

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  • Son asesoras de los Consejos Regionales de Recursos Hídricos

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  • Son ámbitos asesores de la autoridad de aguas y dentro de sus competencias están:

    • Formular el Plan Regional de Recursos Hídricos y acompañar su ejecución.

    • Articular entre los actores nacionales, regionales y locales vinculados al agua.

    • Promover y coordinar la conformación de Comisiones de Cuenca y Acuíferos.

    • Asesorar y apoyar en la gestión de las aguas.

    • Comisiones de Cuencas y Acuíferos.

    • Formular directrices para los planes locales de Recursos Hídricos.

    • Propiciar el fortalecimiento y el ejercicio efectivo del derecho de participación ciudadana reconocido en el capítulo VI de la Ley de Política Nacional de Aguas.

    • Proponer criterios generales para el otorgamiento de derechos de uso de los recursos hídricos y para la cobranza por su uso

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  • Está encargado de formular el plan nacional de gestión de recursos hídricos y tiene participación esencial en establecer directrices en cuanto a agua.

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  • Está encargado de tratar temas de administración y gestión de recursos hídricos que son compartidos con otros Estados vecinos. Están conformados por representantes del gobiernos, usuarios y sociedad civil. Existen hoy en dia tres de ellos vinculados al Río Uruguay, Laguna Merín y Río de la Plata.

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  • Estas han sido creadas para una mejor evaluación, administración, uso y control del recurso agua, principalmente para riego dentro de su zona de influencia. Actualmente existen 8 oficinas. A su vez, actúan como representantes locales de los organismos nacionales.

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  • Estas se conforman al interior de las oficinas regionales y funcionan como asesoras de las mismas en lo que tiene que ver con la cuenca particular que la ocupa.

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  • Funciona en la órbita del MVOTMA y cumple funciones de asesoría al Poder Ejecutivo en materia de agua y saneamiento.

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  • Está conformada por un delegado de cada ministerio relacionado con riego (MGAP, MVOTMA, Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Ministerio de Economía), y dos representantes del sector privado.

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  • Pueden obtener financiación y subsidios

    · Acceden a beneficios tributarios como ser, exoneración de impuesto a la renta, tratamiento especial para las amortizaciones contables de la obra, deducción de gastos de asesoramiento por una vez y media a efectos tributario.

    · Beneficios adicionales en el caso que los proyectos califiquen en el marco de la Ley de promoción de inversiones.

    · Están limitadas al uso, maneo y aprovechamiento de acuerdo a las leyes vigentes).

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El sector agropecuario registró, entre 2022 y 2023, pérdidas equivalentes al 3% del PIB nacional, unos 1.880 millones de dólares. También el déficit hídrico dejó seco a Paso Severino, la principal fuente de abastecimiento de agua potable para la zona metropolitana, provocando una crisis sin precedentes en el suministro. 1,7 millones de personas fueron afectadas, sobre todo entre abril y agosto de 2023, por el deterioro del agua corriente que se volvió salada e imbebible.Pese a estar regado por ríos, arroyos y cañadas, Uruguay carece de una fuente alternativa para abastecer de agua potable a la mitad de su población.

Uruguay

Links de interés:

Durante la crisis, las autoridades decidieron captar aguas provenientes del Río de la Plata, más saladas por influencia oceánica, para no cortar el suministro. Eso hizo que el agua de los grifos saliera con un fuerte tono salobre y no recuperara la neutralidad de su sabor hasta el regreso de las lluvias.En Uruguay, la variabilidad de las precipitaciones, las sequías más frecuentes y su impacto en la producción han colocado a la implementación del riego en el centro del debate.La crisis se produjo justo cuando Uruguay intentaba construir una estrategia para el futuro de su economía, más allá de las exportaciones de carne vacuna y soja.

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