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Marco Normativo

  • Articulo 1. La presente Ley tiene por objeto regular Ia prestacion de los. servicios publicos de agua potable y cit: sancamicnto, establecer el regimen de fiscalizacion, control y evaluacicon de tales servicios y promover su desarrollo, en beneficio general de los ciudadanos, de la salud publica, la preservacion de los recursos hidricos y la proteccicon del ambiente, en concordancia con la politica sanitaria y ambiental que en esta materia dicte el Poder Ejecutivo Nacional y con los planes de desarrollo economico y social de la nación.

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  • Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones que rigen la gestión integral de las aguas, como elemento indispensable para la vida, el bienestar humano y el desarrollo sustentable del país, y es de carácter estratégico e interés de Estado.

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  • El nuevo instrumento jurídico, reúne las disposiciones dispersas en las Leyes antes mencionadas, permite la organicidad y control soberano de los distintos usos del agua; administrando sus conflictos para así superar la fragmentación sectorial y territorial sobre la gestión integral del recurso, de forma tal, que garantice las herramientas necesarias al Estado y al Pueblo Venezolano para cumplir con los principios rectores contemplados en este instrumento.

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  • La presente Ley tiene por objeto establecer las disposiciones sobre la gestión de la calidad de las aguas y del aire; las molestias ambientales, y las condiciones bajo las cuales se debe realizar el manejo de los residuos líquidos y gaseosos; con el fin de proteger la salud de los seres vivos y los ecosistemas.

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  • Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad.

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  • Objeto. La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar.

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Marco Institucional

  • Ministerio del Poder Popular para el Ambiente: Órgano del Ejecutivo Nacional venezolano encargado de garantizar mejor calidad de vida, mediante una gestión ambiental transversal, rectora, ejecutora y normativa, del uso y conservación de los recursos naturales.

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  • El Despacho del Viceministerio de Gestión Ecosocialista del Ambiente, impulsa la planificación y desarrollo de políticas ambientales que orienten nuestra gestión hacia la construcción de un modelo alternativo, basado en una relación más armónica entre los seres humanos y la naturaleza. Esta gestión se articula con otros ámbitos de la gestión pública para garantizar la sustentabilidad ecológica, política, económica, social y cultural.

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  • El Despacho del Viceministro de Gestión Ecosocialista de Aguas, conformado por las Direcciones Generales de Conservación de Cuencas Hidrográficas, de Manejo de Embalses y Agua Potable y de Saneamiento y Control de Inundaciones, tiene como función principal proponer, desarrollar, implementar y supervisar los lineamientos, políticas y planes en materia de agua potable y saneamiento, así como en el manejo integral de las cuencas hidrográficas nacionales y transfronterizas. Es importante señalar que el Despacho del Viceministro de Gestión Ecosocialista de Aguas, promueve y coordina la ejecución de las obras que a nivel nacional sean necesarias, las cuales van desde la captación de las fuentes de abastecimiento, perforación de pozos profundos, rehabilitación y construcción de acueductos, rehabilitación de plantas potabilizadoras, obras comunitarias para la rehabilitación y construcción de acueductos, redes de recolección de aguas servidas colectores, estaciones de bombeo, plantas de tratamiento de aguas servidas, disposición final a través de descargas submarinas, así como también la ejecución de obras de control de inundaciones y canalización de las quebradas y ríos. Asimismo participa en las estrategias establecidas para la asignación de recursos financieros requeridos en la ejecución de obras por parte de las Empresas Hidrológicas, Gobernaciones, Alcaldías, u otros organismos competentes.Este Despacho se ocupa de supervisar que las políticas del Gobierno Bolivariano, como El Plan Nacional de Agua, cumplan la meta de lograr elevar al 100% el suministro del vital líquido en sectores urbanos y en zonas rurales.

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  • Ejercer como autoridad nacional una gestión integral de las aguas, elemento indispensable para la vida, el bienestar humano y el desarrollo sustentable del país, basada en la administración sostenible de las regiones hidrográficas e hidrogeológicas, brindar un acceso justo y equitativo al servicio de agua potable, el saneamiento y sus otros usos.

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  • El consejo tiene previsto regular todo el sistema de gestión, que en principio se enfoca en la conservación de las fuentes del agua, en segunda instancia velará por los usuarios que pretendan hacer aprovechamiento económico del agua, además de proteger el agua desde su nacimiento hasta su disposición final.

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En Venezuela, podemos afirmar que hay una crisis hídrica. Esto es debido al menos a tres factores: en primer lugar, un severo problema de acceso al agua y la calidad de la misma, que lo viven con diversos grados de severidad el grueso de la población. En segundo lugar, un proceso de seria afectación de las cuencas hidrográficas que tiene impactos negativos en los ciclos del agua y, por tanto, en el conjunto de la vida. Y en tercer lugar, el proceso de degradación de las fuentes de agua y el colapso de las instituciones encargadas de gestionar el líquido han sufrido impactos profundos, y nos revelan más bien problemas de carácter sistémico, estructural y de largo plazo.el 90% de la población venezolana tiene algún tipo de problema relacionado con el agua.

Venezuela

Links de interés:

De igual manera, el Observatorio Venezolano de Servicios Públicos (OVSP), organización que realiza de forma periódica estudios sobre la percepción de los venezolanos sobre el agua, también ha indicado que en septiembre de 2021, un 65,6 % de los encuestados valoran de manera negativa el servicio de agua.En cuanto a la calidad del agua un 60% indica que el agua presenta algún color, mientras 25% señala que el agua tiene olor, y un 18% que tiene sabor.  Este aspecto es muy importante porque evidencia que en Venezuela hay problemas de seguridad hídrica, al no contar con suministro aceptable en términos de cantidad y calidad del agua.La minería, la deforestación, los derrames de petróleo, las actividades agrícolas y pecuarias, son algunas de las causas que conducen a la contaminación y la degradación de las fuentes de aguas, incluyendo los embalses de agua.el 56% de los encuestados consideró que el agua que llegaba a su hogar no era segura para el consumo humano. Asimismo, el 63,3% de los encuestados reportó que el almacenamiento de agua debido a las fallas en el servicio genera la proliferación de vectores como zancudos e insectos.

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